El servicio militar obligatorio, conocido como «la mili», fue una etapa por la que pasaron muchas personas en España. Sin embargo, pocos saben que este tiempo puede influir en su pensión de jubilación, especialmente en casos de jubilación anticipada.
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¿Cuenta el año de mili para jubilación?
Sí, pero con ciertas limitaciones. La Seguridad Social permite que el tiempo de servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria se compute para la jubilación anticipada, pero con un límite máximo de un año.
Sin embargo, para la jubilación ordinaria (la que se alcanza a la edad legal establecida), este tiempo no suma para el cálculo de los años cotizados.
¿Cómo influye en la jubilación anticipada?
Para acceder a la jubilación anticipada, es necesario acreditar un mínimo de años cotizados. Si a una persona le falta un pequeño periodo para cumplir con este requisito, puede solicitar que se le reconozca el tiempo de mili (hasta un año) para completar el período exigido.
Esto aplica tanto para:
- Jubilación anticipada voluntaria: cuando el trabajador decide jubilarse antes de la edad ordinaria.
- Jubilación anticipada involuntaria: cuando el trabajador es despedido y accede a la jubilación antes de la edad legal.Coeficientes reductores jubilación anticipada involuntaria – Jubilación Anticipada
¿Cómo solicitar el reconocimiento del tiempo de mili?
Para que la Seguridad Social lo tenga en cuenta, es necesario obtener un certificado oficial del Ministerio de Defensa que acredite el servicio militar obligatorio. Para ello:
- Se debe solicitar el certificado en la Delegación de Defensa de la provincia donde residía el interesado al incorporarse al servicio militar.
- Es recomendable presentar copia del DNI y de la cartilla militar para agilizar el trámite.
¿Se reconocerá en el futuro para la jubilación ordinaria?
A pesar de que la Ley 27/2011 planteó la posibilidad de compensar la interrupción de cotizaciones por el servicio militar, aún no existe una normativa que lo reconozca para la jubilación ordinaria. Por lo tanto, de momento, solo es válido para los casos de jubilación anticipada.
Conclusión
Si hiciste la mili y estás pensando en jubilarte anticipadamente, puedes aprovechar hasta un año de este tiempo para completar el período de cotización requerido. No obstante, si tu intención es jubilarte a la edad ordinaria, este periodo no se tendrá en cuenta.
Si necesitas más información, lo mejor es consultar con la Seguridad Social o solicitar tu certificado en el Ministerio de Defensa Página principal – Ministerio de Defensa de España. También es recomendable mantenerse informado sobre posibles cambios legislativos que puedan ampliar el reconocimiento de este tiempo en el futuro.



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