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JUBILACIÓN ANTICIPADA

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Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes
Jubilación Anticipada

Puedes jubilarte anticipadamente en España a partir de los 63 años si cumples
los requisitos mínimos de cotización. Existen dos modalidades:

– Jubilación anticipada voluntaria: Necesitas mínimo 35 años cotizados y
haber cesado en tu actividad laboral.

– Jubilación anticipada involuntaria: Puedes adelantar hasta 4 años tu
jubilación (desde los 61 años) si has sido despedido por causas ajenas
a tu voluntad (ERE, despido objetivo, cierre de empresa).

La edad exacta depende de tu año de nacimiento y años cotizados. Si naciste
antes de 1967, la edad ordinaria de jubilación es a los 65 años. Si naciste
después, puede ser entre 66 y 67 años.

La reducción de tu pensión depende de si tu jubilación es voluntaria o involuntaria:

Jubilación anticipada voluntaria:
– Se aplica un coeficiente reductor del 1,875% por cada trimestre (3 meses)
que te adelantes, hasta un máximo del 2% por trimestre si no alcanzas los
38,5 años cotizados.

Ejemplo: Si te jubilas 2 años antes (8 trimestres) con 35 años cotizados,
perderías aproximadamente un 15% de tu pensión.

Jubilación anticipada involuntaria:
– El coeficiente es menor: entre 1,5% y 1,875% por trimestre, dependiendo
de tus años cotizados.

Ejemplo: Con 38 años cotizados, la reducción por jubilarte 2 años antes
sería de aproximadamente un 12%.

En nuestro informe personalizado calculamos la cifra exacta para tu caso.

En la mayoría de casos NO es posible jubilarse a los 60 años en el régimen
general de la Seguridad Social, salvo excepciones específicas:

Casos excepcionales donde SÍ es posible:
– Mutualistas: Si cotizaste antes de 1967 en una mutualidad laboral
– Trabajos tóxicos o peligrosos: Minería, trabajos con amianto, etc.
– Personas con discapacidad igual o superior al 45%
– Policías locales con coeficiente reductor de edad

Para el resto de trabajadores, la edad mínima de jubilación anticipada
es de 63 años (voluntaria) o 61 años (involuntaria).

Si tienes dudas sobre si puedes acogerte a alguna excepción, consúltanos.

La cotización en la sombra es el derecho a que se compute como cotizado un
periodo en el que NO trabajaste, pero cumples ciertos requisitos.

Los casos más comunes son:

– Periodo de paro: Si cobraste prestación por desempleo después de una
baja voluntaria o al finalizar un contrato temporal, ese tiempo puede
computarse como cotizado (aunque no sume para la base reguladora).

– Paternidad/maternidad: El tiempo de baja puede contar como cotizado.

– Excedencias especiales: Cuidado de hijos o familiares.

Beneficio: Estos periodos SÍ cuentan para cumplir los años mínimos de
cotización exigidos para jubilarte anticipadamente, aunque no aumenten
el importe de tu pensión.

Ejemplo: Si tienes 34 años cotizados reales + 1 año en cotización en la
sombra = cumples el requisito de 35 años para jubilación anticipada voluntaria.

El convenio especial te permite seguir cotizando voluntariamente cuando
dejas de trabajar para mantener o mejorar tu futura pensión.

El coste depende de:
– Tu edad
– La base de cotización que elijas
– El tiempo que quieras mantenerlo

Ejemplo orientativo (2026):
– Persona de 55 años con base mínima: entre 300-400€/mes
– Persona de 60 años con base media: entre 600-800€/mes

¿Merece la pena?
Depende de tu situación. Si te faltan pocos años para cumplir requisitos de
jubilación anticipada, puede ser muy rentable. Si te faltan muchos años,
suele ser menos interesante que otras inversiones.

En nuestro informe calculamos si en tu caso compensa económicamente contratar
un convenio especial.

NO, con las condiciones del régimen general actual no es posible jubilarse
a los 55 años con solo 30 años cotizados.

Los requisitos mínimos son:
– Edad mínima: 63 años (voluntaria) o 61 años (involuntaria)
– Cotización mínima: 35 años cotizados para jubilación anticipada voluntaria

Alternativas si tienes 55 años:

1. Convenio especial: Seguir cotizando voluntariamente hasta cumplir los
requisitos de edad y cotización.

2. Trabajo a tiempo parcial: Reducir tu jornada gradualmente mientras
sigues cotizando.

3. Inversión para retiro anticipado: Ahorrar e invertir para poder dejar
de trabajar antes (lo que se conoce como movimiento FIRE).

4. Colectivos especiales: Mutualistas anteriores a 1967, trabajos tóxicos
o personas con gran discapacidad sí pueden tener acceso a jubilación
anticipada antes de los 60 años.

Si estás en esta situación, podemos estudiarte un plan personalizado.