Todo lo que necesitas saber sobre la Jubilación anticipada de la policía local.

Si eres policía local y estás planteándote la posibilidad de acogerte a una jubilación anticipada, en este artículo te informamos sobre los aspectos necesarios para poder realizar este tipo de jubilación anticipada de la policia local.

Se abren así una serie de posibilidades de jubilación anticipada, suponiendo una mejora y actualización que os puede beneficiar.

Ser policía local no es una función fácil, ya que es un trabajo que requiere una continua presión para conseguir servir de la mejor forma posible a la población y dotarles de la seguridad que requieren.

Al llegar a una edad y tras haber cumplido muchos años de servicio, puede comenzar a plantearse la idea de optar por una jubilación anticipada y comenzar a disfrutar de los placeres que otorga la jubilación.

Siempre surgen dudas sobre la posibilidad real de poder acogerse a esta jubilación anticipada, ya que se oye mucha información pero no sabéis si compensa acogerse a ella o no.

Real decreto jubilación policía local

Con la entrada en vigor el pasado 2 de enero de 2019 del Real Decreto 1449/2018 de 14 de diciembre, se permite a los funcionarios de la policía local adelantar su jubilación hasta 5 y 6 años, con un coeficiente de reducción de 0,20% por cada año en relación al número de los cotizados para conseguir la suma total de la pensión por jubilación.

La regulación reivindica a los sindicatos, corporaciones y plataformas de representación del colectivo que han luchado históricamente por el reconocimiento de este derecho.

La celebraron los casi 70.000 funcionarios de policía local que hay en España, de los cuales alrededor de 4.000 tienen entre 55 y 60 años y 3.200 son ya mayores de 60.

Gracias a esta normativa, se igualan a los agentes de policía municipales con otros cuerpos y fuerzas  de seguridad del Estado: los escuadrones de bomberos y la policía autonómica vasca, Ertzaintza.

Otros cuerpos de seguridad, como la Guardia Civil y la Policía Nacional, cuentan con un régimen especial de retiro en el que pasan a situación de reserva.

¿Qué objetivo se pretende con los cambios en la normativa jubilación policía local

El propósito de la medida es el rejuvenecimiento de los organismos de Policía Local, permitiendo a los ayuntamientos activar el proceso de renovación de sus plantillas de manera ordenada.

Así, se garantiza que las vacantes sean ocupadas en un tiempo breve, sin menoscabo de la seguridad ciudadana.

Cómo solicitar jubilación anticipada de policía local

El primer requisito para acceder a la jubilación es tener 15 años de carencia y 15 años de cotización como policía local.

Para iniciar el proceso, debes comunicar tu deseo de solicitar esta jubilación anticipada antes del 31 de enero de cada año en el Ayuntamiento del término municipal donde has estado destinado.


Ver también:


Así funciona la solicitud de la jubilación anticipada de policía local:

  • Si inicias la causa de la pensión de jubilación en 2019, los años que deberás haber cotizado son 35 y 6 meses.
  • En caso de buscar la jubilación anticipada de funcionarios de Policía Local entre 2020 y 2022, deberás haber cotizado 36 años o más.
  • Si tu solicitud tiene lugar entre 2022 y 2026, la cotización debe ascender a 36 años y seis meses.
  • Y si decides solicitar tu jubilación anticipada en 2027 o años posteriores,  debes  contar con un mínimo de 37 de años de cotización efectiva.

¿A qué edad me puedo jubilar dentro del cuerpo de policía local?

Siendo de aplicación la edad de jubilación que expone la Seguridad Social en su Ley General de la Seguridad Social, si una persona perteneciente al cuerpo de policía local ha cotizado lo suficiente, puede jubilarse en el presente 2019  a la edad de 60 años.

Jubilación anticipada policía local: te explicamos lo que necesitas saber

La posibilidad existente para poder recortar un año más la edad de jubilación anticipada, es decir, jubilarse 6 años antes de la edad legal establecida, viene determinada por los años cotizados.

Estos, con el mencionado Real Decreto que ha entrado en vigor van a ir incrementándose de una forma paulatina hasta el año 2027, considerándose  cuatro tramos diferenciados en este proceso:

  1. En el presente 2019, necesitará tener una cotización de 35 años y medio para aplicar el sexto año de reducción.
  2. En los años 2020, 2021 y 2022 serán necesarios 36 años cotizados para aplicar el citado sexto año.
  3. En los años 2023, 2024, 2025 y 2026 se necesitarán 36 años y medio para que sean 6 los años necesarios.
  4. A partir de 2027 será necesario haber cotizado 37 años para completar esta reducción.

Cotización policia local – Jubilación anticipada policía local

El mismo Real Decreto señala que estos beneficios que les son aplicados a este colectivo y otros determinados por la Ley General de la Seguridad Social como penosos, tóxicos, peligrosos o insalubres.

Concretamente la forma de equilibrarlos se producirá mediante incremento en la cotización por contingencias comunes que cubrirán esta fórmula de jubilación.

 

¿Estas medidas afectan a todos los policías locales?

La afectación de la jubilación anticipada en este caso afecta a aquellos funcionarios amparados dentro del Régimen General de la Seguridad Social, siendo miembros estos de las diferentes policías locales, sin discriminar según su función dentro del cuerpo local.

Cómo calcular jubilación anticipada de policía local

El coeficiente reductor es de 0,20% aplicados sobre años enteros.

El período de tiempo en el que sea reducida tu edad de jubilación, se considerará cotizado a los efectos de la determinación del porcentaje a ser aplicado en la base reguladora, para el cálculo de la cuota de la pensión de retiro.

Como en la norma general, las pagas extraordinarias no son tenidas en cuenta en la cotización.

El tiempo trabajado al que se aplica el coeficiente determinado es el tiempo de actividad real y de cotización en puestos de la Policía Municipal, y en cumplimiento de sus funciones de preservación del orden y de la paz social.

Las faltas al trabajo son descontadas de la cotización, excepto que hayan sido motivadas a la inhabilidad temporal por un accidente, sea o no laboral o a una enfermedad común, estacional o profesional

La mejor pensión de jubilación anticipada de la policia local: 59 años y 2.500 euros

El cómputo y la rebaja de la edad de jubilación, incluye a los efectivos policiales que hayan estado de alta, a causa del ejercicio de sus funciones, hasta que se produzca el hecho que dé origen al cobro de la pensión de retiro.

De la misma forma, de estos beneficios puede disponer quien haya abandonado su cargo en la policía local después de haber llegado a la edad de jubilación, aunque se halle en alta por ocupación en una actividad o puesto de trabajo diferente

Ahora bien, no es posible reducir la edad de jubilación ordinaria en más de cinco años, aunque puede anticiparse en seis años la edad ordinaria de retiro en caso de acreditación de 37 años de cotización efectiva.

Coeficientes reductores jubilación policia local

A estos coeficientes reductores comentados anteriormente se les aplica un coeficiente de reducción del 0,20%. Aquí dos ejemplos:

  • En el caso de una policía que lleva 5 años de servicio equivalen al adelanto de 1 año de la edad de jubilación.
  • Un policía que lleva prestando servicios en el cuerpo durante 25 contará con el derecho a jubilarse con 5 años de antelación.

No obstante, para que pueda ser de aplicación tal reducción, es necesario haber cumplido en el cuerpo un mínimo de 15 años de cotización.

La edad mínima a descontar sobre la de jubilación por prestar servicios en el cuerpo local se establecería en 3 años.

Además, actualmente, el máximo de años que se pueden fijar como anticipados para jubilarse se establecen en 5 años, aunque existiendo la posibilidad de reducirlo hasta 6 años en determinados casos.

A continuación, vamos a ver cuáles son estos casos.

Para poder contabilizar los años de cotización y con ello determinar los años objeto de reducción, se debe tener en cuenta que solamente contabilizan aquellos años cotizados dentro del cuerpo de policia local.

Gracias a que el salario base junto con otros complementos, dan la posiblidad a muchos policías locales de jubilarse con la pensión máxima.

Los policías locales tienen la posibilidad de jubilarse de forma anticipada con 59 años o más, para ello tienen que tener más de 35 años cotizados de los que al menos 15 deben haber transcurrido dentro del cuerpo.

Es una pensión que casi duplica la pensión media de jubilación en España que está en torno a los 1.250 €.

Ejemplo jubilación anticipada policía local

Lo mejor para que se entienda cómo funciona la calculadora de edad para la jubilación anticipada (policía local), vamos a ponerte un ejemplo:

Imagina que un agente de policía ha servido 17 años en un término municipal y que antes había cubierto 15 años de período de carencia.

En el primer oficio, el agente devengó un salario de 950€ mensuales, en tanto que en sus funciones de policía tuvo un ingreso de 1600€ por mes, incluyendo el prorrateo de pagos extras.

Si queremos calcular el importe de la pensión del agente procedemos a multiplicar el total de cada salario por el número de meses en el cargo, es decir, 180, correspondientes a 15 años, y 204 meses de servicio como agente de policía local.

  • 950 € x 180 = 171.000
  • 1600 € x 204 = 326.400

Estas cifras se suman y luego se dividen entre 308, dado a que el hecho causante de la pensión tiene lugar en 2019, año para el que 308 es el divisor correspondiente.

  • 171.000 + 326.400 = 497.400
  •  497.400/308 = 1.614,94 €

Por tanto, 1.614,94€ es el total de la base reguladora sobre la cual se realiza el cálculo de la pensión.

Como la edad de jubilación ordinaria para el año del hecho causante es de 35 años y 6 meses, y nuestro agente piensa darse de baja con sólo 32 años de cotizaciones, su coeficiente de reducción total es de 0,7%, dando como resultado 1.603,64€ el importe de la pensión.

Ultimas noticias jubilacion anticipada policia local:

Os ponemos una serie de enlaces donde podréis encontrar noticias de conocidos medios de comunicación:

Conclusión jubilación anticipada policía local

Para solicitar la jubilación anticipada en la policía local, debes tener claro todos los aspectos necesarios, sobretodo respecto a los coeficientes reductores, ya que con la reciente modificación incluida en el Real Decreto se abren una serie de posibilidades que pueden facilitar el acceso a tal jubilación anticipada.

NOTA INFORMATIVA JUBILACIÓN POLICíA LOCAL: 

Si quieres saber la fecha de tu jubilación deberás presentar un escrito al INSS ya que lo tienen que hacer con una aplicación especial, nosotros no podemos facilitar este dato a nuestros clientes, ni el simulador oficial de Seguridad Social lo contempla, deberán hacerlo manual en sección jubilación.

25 Comentarios

  1. José Ramón

    Buenas noches, soy Policía Municipal de un pueblo del País Vasco desde el 1 de agosto de 1987, teniendo a fecha de hoy 32 años y 2 meses cotizados. Nací el 5 de agosto de 1962. También tengo cotizados 2 años y 4 meses en varias empresas. Quisiera saber día mes y año que podría jubilar con el nuevo Real Decreto
    Gracias, buenas noches.

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    • SERGIO SANCHEZ TOVAR

      Buenas noches José Ramón. Con el nuevo Real Decreto q entró en vigor este 2 de enero la policía local tiene un coeficiente reductor de la edad del 0,20. Como norma general pondrán acceder a la jubilación con una edad inferior en 5 años a la edad ordinaria. Además hay supuestos en los que se puede adelantar 6 años la edad, pero serán necesarios 35 años y 6 meses como policía local en el año 2019. En el 2020,2021 y 2022 36 años. Un saludo

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      • Emilio Garcia

        Soy Policia Local desde 1Febrero1984.En Febrero 2020 tengo 36 años cotizados y en Abril cumplo 59 años. Cual es la fecha de jubilacion segun Decreto. ¿Cual es la edad ordinaria desde la que se reduce los años. Año en que cumplo 65 años ?

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        • Sergio Sanchez

          Hola buenas tardes.Con los datos que aportas podrás jubilarte al cumplir 59 ya que con 36 cotizados en el año 2020 podrás anticipar 6 años desde los 65 en tu caso.
          Un saludo

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          • Pepe

            Policía local desde 1 febrero de 1985, en el año 2021 cumplo 36 años y en julio de ese año cumplo los 59. Para esa fecha ya serán 36 y 6 meses. Sede de seguridad social al preguntarle me indica que debo tener 37 y 3 meses ¿Cuál sería la fecha de la jubilación?

          • Sergio Sanchez

            Buenas tardes Pepe. Con los datos que aportas tu edad de jubilación será al cumplir 59 años. En la seguridad social te dice que tienes que tener 37 años y 3 meses para que la edad ordinaria sean 65 años, pero los policías locales tenéis reglas específicas.
            Un saludo

  2. Angel Ayela

    Hola, soy policía local, me quedan 6 años para cumplir 59 años y poder jubilarme al llevar mas de 37 años de servicio como policia local, mi pregunta es que base de cotización se tiene en cuenta de esos 6 años que se bonifican, hacen una simulación de los ultimos 6 años, hasta llegar al 2033, o tienen en cuenta la base de cotización de los años anteriores hasta computar 25 años, quiero decir de los años 2002 al 2007, ya que de una forma u otra la cuantía de la pensión en mi caso cambiaría. Un saludo.

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    • Sergio Sanchez

      Buenas tardes Angel. Los años bonificados sólo sirven a efectos de calcular el porcentaje. La base reguladora se cálculará con las bases de cotización desde el mes previo al anterior al cese en el trabajo hacia atrás 25 años.
      Un saludo

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      • J. Aragón. G.

        Buenas noches, soyAgente de Policía Local desde Abril del 86, he cotizado antes hasta cubrir a fecha de hoy los 36 años aparte el servicio militar, que era obligatorio para acceder a mi plaza.. Mi pregunta, es que estando de baja por accidente que me podría quedar?? Mis bases son altas puesto que estuve en servicio de escolta en Málaga capital..

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        • Sergio Sanchez

          Buenas noches. Para saber cuantía de la pensión hay que hacer un cálculo complejo y para ello necesitaríamos la vida laboral y las bases de cotización de los últimos 23 años.
          Un saludo

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    • jose

      Hola, entré en la policía local el 6 de junio de 1996 y nací en junio de 1973 , tengo dos años aprox cotizados antes de entrar , cuando me.jubilaría y a aue edad ?

      Responder
      • Sergio Sanchez

        Buenos días Jose. En tu caso podrías anticipar la edad 5 años desde los 65 ya que según los datos que aportas cuando tuvieses 59 años tendrías 36 años cotizados como policía local y para poder jubilarte con 59 en ese momento tendrías que acreditar 37 años. Al no tenerlos te corresponderá cuando cumplas 60 años de edad.
        Un saludo

        Responder
  3. Jose Antonio

    Hola soy Policía local desde el día 1 de febrero de 1986 y nací en junio de 1961 cual sería mi fecha de jubilacion un saludo

    Responder
    • Sergio Sanchez

      Buenos días Jose Antonio. Tu edad de jubilación será a los 60 años.
      Un saludo

      Responder
  4. JUAN MANUEL

    Buenos días Policía Local desde 10-05-1997 tengo 48 años y 3años y medio cotizados fuera de la Policía Local, así mismo un año de Servicio Militar, ¿podría entrar en la jubilación al cumplir los 59 años? gracias

    Responder
    • Sergio Sánchez

      Buenos días Juan Manuel, la Mili solo vale para la jubilación anticipada poder alcanzar carencia mínima, para la policia Local no valdría, lo siento. Un saludo.

      Responder
  5. Juan

    Hola, soy Policía local desde el 31 de junio del 1986 y nací el 10 de Enero del 1963. Cuando me toca la jubilación. gracias.

    Responder
    • Sergio Sánchez

      Buenas tardes, si quieres saber la fecha de tu jubilación deberás presentar un escrito al INSS ya q lo tienen q hacer con una aplicación especial, nosotros no podemos facilitar este dato a nuestros clientes, ni el simulador oficial de seg social lo contempla, deberán hacerlo manual en sección jubilación.

      Responder
  6. Fernando

    Hola, soy policía local desde el 5 de mayo del 1986 y cumplo 60 años en junio del año 2020 teniendo cotizado en otro trabajos anteriores casi un año. En qué fecha me puedo jubilar. Un saludo y gracias.

    Responder
    • Sergio Sánchez

      Buenas tardes, si quieres saber la fecha de tu jubilación deberás presentar un escrito al INSS ya q lo tienen q hacer con una aplicación especial, nosotros no podemos facilitar este dato a nuestros clientes, ni el simulador oficial de seg social lo contempla, deberán hacerlo manual en sección jubilación.

      Responder
  7. Francisco

    Buenos días, soy Paco, yo ingresé en la Policía local el 9 de noviembre de 1988, cuando cumpla los 59 años llevaré 36 años y 10 meses en el cuerpo. también tengo cotizado otros 9 meses en la S.S. por un trabajo anterior, ¿me podría jubilar al cumplir los 59 años?
    Muchas gracias
    Un saludo

    Responder
    • Sergio Sánchez

      Buenas tardes, si quieres saber la fecha de tu jubilación deberás presentar un escrito al INSS ya q lo tienen q hacer con una aplicación especial, nosotros no podemos facilitar este dato a nuestros clientes, ni el simulador oficial de seg social lo contempla, deberán hacerlo manual en sección jubilación.

      Responder
  8. José Joaquín

    Muy Buenas: Soy Policía Local desde el 31 de mayo de 1.989, nací en Marzo de 1.965. Antes de entrar en la Policía Local tenia cotizado como militar (clases pasivas), 3 años y 10 meses y medio.
    ¿Cual sería la fecha de mi jubilación?
    De antemano, muchas gracias

    Responder
    • Sergio Sánchez

      Buenas tardes, si quieres saber la fecha de tu jubilación deberás presentar un escrito al INSS ya q lo tienen q hacer con una aplicación especial, nosotros no podemos facilitar este dato a nuestros clientes, ni el simulador oficial de seg social lo contempla, deberán hacerlo manual en sección jubilación.

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  9. JOSE ANTONIO

    Buenos días en la actualidad tengo 59 años y me jubilaría a los 60 años ya que cotizando desde el año 1986 como policía y me reduciría 5 años es decir en junio de 2021 a partir de enero que tramites tengo que hacer para solicitar la jubilación gracias un saludo

    Responder

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