¿Tengo derecho a pensión si NO he trabajado nunca y NO he cotizado a la Seguridad Social?

No he trabajado en la vida, ¿tengo derecho a pensión? son muchas las personas que no han podido cotizar a lo largo de su vida laboral o simplemente sus cotizacionesson ridículas y no alcanzan los mínimos exigibles para obtener la pensión contributiva o también llamada jubilación ordinaria.

La seguridad social ofrece además de las pensiones contributivas, una serie de prestaciones asistenciales las cuales intentan suplir el vacío económico o la carencia de rentas que genera en las personas mayores, el no poder acceder a la prestación contributiva por jubilación.

Estas suponen la única salida posible para estas personas que no han cotizado nunca o simplemente no alcanzan con sus cotizaciones o no cumplen los requisitos exigidos para la jubilación ordinaria. A continuación explicaremos los conceptos más importantes de estas prestaciones.

1.- El concepto de pensiones no contributivas implica la protección del Estado a través de la Seguridad Social y mediante una prestación económica, de asistencia médica-farmacéutica y otros servicios sociales complementarios, para lograr la protección de los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad.

2.- Requisitos necesarios para obtenerla: que la pensión tenga un carácter asistencial no quiere decir que no regule su acceso mediante una serie de requisitos. Estos son básicamente tres. El primero es la carencia de rentas, las cuales si se trata de una sola persona que viva solo deben de ser inferiores a 5150,60€ anuales en el año 2016.

Este límite se ve aumentado en función de las personas que convivan con el solicitante así como la relación familiar existente entre estos, puedes ver la tabla completa en el siguiente archivo (PDF límites acceso jubilación no contributiva). Debemos tener en cuenta que el solicitante debe tener cumplidos los 65 años de edad y además residir en territorio español, y haberlo hecho al menos durante 10 años desde los 16 años hasta la solicitud, así como 2 de estos años han de ser consecutivos e inmediatos a la solicitud de dicha prestación.

3.- La cuantía de la pensión no contributiva se establece en función de las rentas personales y además teniendo en cuenta la convivencia del núcleo familiar así como el número de estos. La cuantía no podrá ser inferior a la mínima, establecida para el año 2016 en 1287,65€ anuales (es decir 91,98€ mensuales). Tampoco podrá ser superior a la íntegra establecida para el mismo año en 5150,60€ anuales (es decir 367,90€ mensuales).

También debemos tener en cuenta las posibles reducciones por existir en el núcleo familiar alguna persona que reciba una pensión no contributiva, reduciéndose entonces en el caso de ser dos personas a 4378,01€ anuales y en el caso de tres beneficiarios en la misma familia a 4120,48€ anuales.

4.- Documentación necesaria y solicitud de la prestación: Será necesario en el caso de la Región de Murcia rellenar el modelo de solicitud que os dejamos a continuación (PDF Modelo solicitud RM) además de la presentación del libro de familia mediante copia compulsada, los justificantes de ingresos del solicitante y los familiares que convivan con este, fotocopia de la libreta de ahorros a efectos de domiciliación así como el abono de las tasas convenientes.

Podrá realizarse directamente a través de la página web www.carm.es o manualmente y entregando la documentación en el IMAS de Murcia.

5.- También debemos tener en cuenta que los pensionistas estarán obligados a comunicar las posibles variaciones en su convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos y otras cuestiones que puedan tener incidencia en la conservación del derecho a la pensión o en su cuantía.

También deben presentar anualmente la declaración de sus rentas y la de los componentes de su unidad familiar.

La gestión y el reconocimiento del derecho a esta prestación corresponde a la Comunidad Autónoma pues tiene transferidas las funciones y servicios del Imserso, pero su financiación queda a cargo del presupuesto del estado mediante transferencia de crédito a la Seguridad Social.

También añadir que si tienes alguna duda no lo pienses más y contacta con nuestros asesores, gestionaremos tu casode forma personal y profesional, ateniéndonos a las características específicas de este y en la mayor brevedad posible.

2 Comentarios

  1. Asesoría Saorin

    Es muy importante saber sobre estos temas, información importante

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    • Sergio Sánchez

      Muchas gracias.

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