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Jubilación funcionarios
Jubilación Funcionarios : todo lo que necesitas saber
Un funcionario es aquel que trabaja profesionalmente en un empleo público. En la actualidad hay más de 2.600.000 funcionarios por lo que podemos catalogar a este sector de la población con un porcentaje elevado respecto a otras profesiones. Sin duda cada vez más, estos profesionales se plantean jubilarse anticipadamente dejando el puesto libre a otros que quieren optar por su plaza. A continuación explicaremos los detalles y los requisitos que deberás tener si quieres anticipar tu jubilación.
Si eres funcionario y te planteas una jubilación anticipada deberás tener en cuenta los dos grupos de funcionarios que existen en función del Régimen de la Seguridad Social aplicable a cada uno:
- Funcionarios del Régimen General de la Seguridad Social
- Funcionarios del Régimen de Clases Pasivas
Requisitos:
Jubilación Funcionarios del Régimen General de la Seguridad Social
Estos funcionarios tendrán los mismos requisitos que cualquier otro trabajador de cualquier sector que se encuentre en el Régimen General de la Seguridad Social, es decir necesitará las mismas condiciones.
- Deberán tener 35 años cotizados, estando 2 de ellos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria no podrán tener más de dos años inferior a la edad ordinaria de jubilación.
Funcionarios del Régimen de Clases Pasivas
- Deberán tener para poder jubilarse voluntariamente al menos 60 años, siempre que tengan 30 años al servicio del Estado, debiendo solicitar en el plazo de 3 meses con antelación su voluntariedad de jubilación.
- Se necesitará al menos 15 años al servicio efectivo del Estado.
En el caso de que no tenga los 30 años cotizados para el Estado, se podrá utilizar el tiempo cotizado en otros regímenes, aunque no se incluirán en él a los funcionarios de la Administración del Estado en activo, excedencia por cuidado de hijo, servicios especiales o violencia de género.
Es importante señalar que para los funcionarios de este régimen no serán de aplicación los coeficientes reductores que se aplican como norma general a los que deciden jubilarse anticipadamente.
En este régimen podemos encontrar excepciones, en este caso son las siguientes:
- Funcionarios de las Cortes Generales podrán jubilarse con 60 años o con 35 años al servicio del Estado.
- Magistrados, Jueces, fiscales, letrados y Cuerpos Docentes Universitarios podrán jubilarse anticipadamente con 65 años, siendo su edad forzosa a los 70 años
Ahora que ya sabemos qué condiciones debemos cumplir para llegar a la jubilación anticipada, debemos pedir asesoramiento en cuanto a la solicitud y los plazos. En Jubilación Anticipada somos expertos en jubilaciones, no dude en contactar con nosotros y le haremos un plan personalizado de su jubilación.
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