Cuando somos autónomos una de las principales interrogantes que siempre nos viene a la cabeza es sobre nuestra jubilación ¿Es cierto que podemos jubilarnos? ¿Cuánto será la cuantía de jubilación cómo autónomo? ¿Cómo es el cálculo? Cada vez son más las personas que deciden volverse autónomos, por ello, hoy vamos a resolver estas inquietudes que todos tenemos al momento de comenzar a trabajar por cuenta propia.
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¿Los autónomos tenemos jubilación?
Por supuesto, los que trabajamos como autónomos tenemos una jubilación. Como bien sabemos, los trabajadores por cuenta ajena o asalariados, también tienen derecho a recibir una pensión pública, la diferencia está en que, la de ellos, es mucho mayor a la que recibimos los que trabajamos por cuenta ajena.
No es un mito, en realidad la pensión de Jubilación como autónomo es menor que la de un asalariado, esto se encuentra respaldado con números. La media de la pensión pública que cobra un autónomo es 41% menor que la de un asalariado, lo que quiere decir que, recibimos 463 euros mensuales menos.
Esto se debe a que la cotización para el Seguro Social es menor a la de los trabajadores dependientes. Los autónomos, si bien, cotizamos para nuestra futura jubilación, lo hacemos por un monto inferior a la que realizan los asalariados.
En caso de que, estés preocupado por tu jubilación y desees comenzar a prepararte para ella, lo ideal es que primero averigües cuáles son los planes de pensiones que se adaptan a tus necesidades o las circunstancias que posees.
¿Cuánto debemos cotizar los autónomos?
El problema que podemos tener gran parte de los que trabajamos como autónomos, se encuentra en la cantidad de dinero que cotizamos en la Seguridad Social.
La mayoría de los autónomos realizan sus cotizaciones de acuerdo a la base mínima de la misma, luego, eso lo ven reflejado en las pensiones públicas que reciben a futuro. Y es que, el cálculo de la pensión de jubilación que recibiremos como autónomos dependerá directamente de lo que se cotiza en la Seguridad Social.
Sabiendo esto, podemos decir que los autónomos tenemos una gran ventaja. Pues, a diferencia de los empleados asalariados, podemos decidir cuánto vamos a cotizar en la Seguridad Social. El Estado nos permite decidir entre pagar el monto mínimos que es de 944,40 euros al mes, y el monto máximo que es de 4.070.10 euros mensuales.
La desventaja a ello es que, una vez que cumplimos los 47 años, es decir, estando a 20 años de la jubilación, no podremos aumentar nuestra cotización (habiendo algunas excepciones), esto nos indica que, nos tocará quedarnos con la cotización que tengamos seleccionada aun cuando esta sea la mínima. Esta elección afectará positiva o negativamente nuestra futura pensión.
Para poder entenderlo a cabalidad, cuando cumplas 47 años, si te encuentras realizando cotizaciones con el monto mínimo, esa misma será la base de cotización que estarás realizando durante los siguientes 20 años de tu actividad laboral.
La desventaja de ello es que, la cuota que estés dando como autónomo será muy baja, así como también lo será la pensión de autónomo que recibirás cuando te jubiles.
Es decir, que la cuantía de tu jubilación va a depender de cuanto sea la contribución que realices en las cotizaciones a lo largo de tu carrera laboral, es decir, mientras mayor sea tu contribución a la cotización, mayor será la cuantía de la pensión que recibirás una vez te jubiles.
Requisitos y cálculo de mi pensión de jubilación como autónomo
Sin tomar en cuenta las particularidades sobre el monto de cotización que realices, calcular la pensión siendo un autónomo no es muy diferente al cálculo de la pensión neta de jubilación que se realiza para los trabajadores asalariados.
En este sentido, podemos decir que para saber cómo calcular la pensión como un trabajador por cuenta propia, debes tomar en cuenta los años que tengas cotizando en el Seguro Social y la base de cotización de autónomo que poseas.
Ahora bien, si quieres conocer cuál es la pensión que le queda a un autónomo a partir de este Cálculo de pensión de jubilación como autónomo, debes tener en consideración que se va a regir por la base de cotización que realices. Es decir, si sabes que tu base es la máxima, entonces, vas a recibir la cuantía máxima de pensión de jubilación como autónomo.
Para que puedas saber cuánto vas a cobrar siendo una persona que se ha jubilado como autónomo dentro del territorio español, lo primero que debes conocer son los requisitos necesarioss para ser beneficiado con una pensión pública de autónomo.
El período mínimo de cotización en el Seguro Social es de 20 años. Esto quiere decir que, el mínimo de años que como autónomo deberás estar cotizando es de 20, sin embargo, esta cantidad mínima va a ir aumentando anualmente hasta alcanzar los 25 años para el 2025. En caso que desees optar por la jubilación máxima, tendrás que cotizar por un mínimo de 36 años, o 37 años para el 2027.
Si tu cotización se encuentra por debajo de los 37 años, entonces no tendrás derecho de cobrar el 100% de la base reguladora, sino que, cobrarás un porcentaje más bajo. En caso de que cotices por el mínimo de 20 años, entonces solo recibirías el 50% de la base reguladora de la jubilación como un autónomo.
De esta misma manera, si cotizas por 40 años, la pensión que recibirías se encontraría sobre el 100% de la base imponible de los últimos 25 años que hayas cotizado.
¿Cuál es la pensión mínima que recibe un autónomo?
Como ya lo hemos dicho anteriormente, la pensión mínima de un autónomo se encuentra muy por debajo de la pensión mínima de una persona que trabaja como asalariado, al menos durante el 2020. Sin embargo, nuevamente debemos tener en cuenta que, esto se debe a que la mayoría de los autónomos, cotizan un monto mucho menor durante su vida laboral.
Para ser más exactos, para el cálculo de la jubilación que recibirás como autónomo debes basarte en una cotización mínima y por un período de por lo menos 15 años, los cuales son indispensables para poder cobrar la pensión pública que te corresponde, entonces, estarías cobrando mensualmente un monto de 226 euros.
En caso de que las condiciones cambien, es decir, que se cotice una cantidad un poco más elevada y por un tiempo mínimo de 25 años, la cuantía que se estaría cobrando sería de 561 euros mensuales, y en el caso de que realices la cotización por la cantidad máxima de años pero con el importe mínimo, estarías recibiendo 789 euros, teniendo este una inflación estimada del 0,25%.
Esta es la cifra que deberás siempre tener presente y sobre la cual tendrás que basarte y trabajar si deseas poder complementar lo que será tu pensión pública de jubilación como autónomo y para conocer cuánto se paga de autónomo a los pensionados.
Debido que la Seguridad Social no nos da una garantía sobre lo que recibiremos como pensión mínima, ya seamos trabajadores autónomos o asalariados. Muchos de los que trabajamos por cuenta propia, nos tocará recibir complementos a mínimos para poder completar lo que nos falta de la pensión.
Cuando se habla de estos complementos, no son más que una cantidad extra de dinero que la Seguridad Social nos da cuando el importe total de nuestra pensión no alcanza la cantidad mínima decretada por la ley.
¿Cuál es la pensión máxima?
La cantidad máxima que como autónomo podemos recibir en nuestras pensiones se encuentra valorada de la misma manera que la de los trabajadores por cuenta ajena.
El cálculo de la cuantía máxima de jubilación como autónomo nos dá un total fijo de 2.683,34 euros mensuales, esto tras la revalorización que se realizó sobre las pensiones. Algo que debemos tener en cuenta es que, este dato se actualizará una vez al año, lo mismo ocurre con la cuantía de la pensión pública ya sea para autónomos o para asalariados.
Tu pensión máxima no puede superar la cifra dada, pues esta sería la cantidad máxima que cualquiera de los trabajadores pueda percibir en su pensión sin importar el tipo de trabajo que tenga. Para este caso, no existen excepciones.
¿Qué ocurre si me encuentro en situación de pluriactividad?
Cuando estas en situación de pluriactividad, laboras como autónomo y al mismo tiempo por cuenta ajena, llevas a cabo cotizaciones en los dos regímenes de la Seguridad Social.
Esto quiere decir que, existe cierta compatibilidad entre las pensiones que puedes recibir como autónomo y por medio del régimen general. Algo que debes tener en consideración si deseas recibir ambas pensiones es que tendrás que obtener el derecho a estas de forma separada.
Esto quiere decir que, deberás haber cotizado más de 20 años en cada una de las dos, como asalariado y como autónomo, y además, deberás haberte dado de alta en ambos regímenes al menos 15 años antes de que te sea aprobada tu jubilación por derecho.
En caso de que lo anterior no suceda, entonces las bases de cotizaciones se acumularían. Esto quiere decir que, ambas, la de autónomos y las de asalariado, se sumarían y con ellas se haría el cálculo de la pensión que te corresponde, habiendo cotizado ante el régimen general.
Esto nos dice que, en el caso de que hayas cotizado durante 7 años como un autónomo y 32 años siento un trabajador a cuenta ajena, entonces, la suma de estos nos indicaría que se tomaría en cuenta como si hubieses cotizado durante 39 años por el régimen general, es decir, como un trabajador asalariado, ya que en este régimen es donde más cotizaciones has realizado.
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