Los autónomos tienen permitido modificar las bases de cotización incluso dos veces anuales, por medio de una solicitud a la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo que en este artículo aprenderás todo sobre cuándo y cómo modificar base cotización autónomo.

 

¿Cuándo y cómo modificar la base de cotización de autónomo?

Durante la última década, los autónomos o empleados por cuenta propia se han desarrollado de manera notoria, ha habido unas necesidades de transformación laboral, en busca de trabajo al no haber tantas contrataciones

Sson cambios que expierimenta el mercado, aún así pensamos que no están especialmente protegidos y que debería fomentarse más su contratación ya que son parte del motor de una economía pero eso lo comentaremos en otro artículo.

Los autónomos están regulados en relación con la cotización Seguridad Social, bajo el RETA, según la base de datos de la Seguridad Social, los autónomos equivalen al 17% de los individuos que cotizan en España.

Los autónomos que trabajan bajo sus condiciones propias laborales, es decir, sin contrato, mantienen la remuneración básica del empleo de manera individual o por grupo familiar.

 

¿Qué es la base de cotización?

Esta base es calculada según el empleo seleccionado por el autónomo, bajo las actividades que se generan por cuenta propia.

Dicha base se rige por la elección del empleado que realice la actividad por cuenta propia, de manera que establezca las cuotas de autónomos que irá pagando todos los meses y en base a esa se tomará para futuras prestaciones : Solicitud de incapacidad permanente, o incapacidad temporal, debido a accidentes laborales o enfermedad, baja por maternidad o paternidad y también la pensión que recibirá al momento de jubilarse.

Los autónomos son los únicos empleados que tienen el derecho de elegir la base de cotización que deseen entre lo más bajo y lo más alto establecido por la ley.

 

Tramos de cotización

Sin embargo, es de admitir que a la par de la extrema libertad que poseen para realizar los cambios, también se destaca que existen algunas bases fundamentales de restricciones para los autónomos, en función a sus edades, tales como:

  • Los trabajadores por cuenta propia que presenten menos de 47 años, para el primero de enero del año 2019, optarán por las bases limitantes mínimas y máximas.
  • Los autónomos que presenten a la fecha, 48 años de edad, cotizarán sobre la base regulada entre 1.018,50 y 2.077,80 euros al mes. Cotizando por encima del 7%.
  • Sin embargo, si poseen, más de 48 años, manteniendo una cotización de más de 5 años laborales, podrán cotizar unos 2.052 euros, aplicando la fórmula total.

Los autónomos en España cotizan por encima del 70% de la base mínima, según la información establecida y comunicada por el último informe de la OCDE, el cual ha requerido que las cotizaciones colectivas, se mantengan sumadas a los ingresos netos.

A pesar de esto, el Ministerio del Trabajo ha mantenido detenidas las cotizaciones por ingresos reales. Esperando que para  el 2022 arranque el nuevo protocolo en base al nuevo régimen de Gobierno.

Mientras esto sucede y se adaptan las nuevas normativas, es el autónomo el que posee la libertad de decidir la base para cotizar, que se adjudica anualmente.

¿Cuándo puedo modificar mi base de cotización como autónomo?

En el año 2019 la Seguridad Social modificó el sistema genéricamente para todos los autónomos, otorgando 4 movimientos de cuenta para realizar la solicitud sobre sus bases de cotización.

Siendo la distribución de plazos de manera trimestral. Aplicando el caso para el primer día del trimestre del mes consecuente:

  1. Primer plazo: entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Al modificar la cotización dentro de este plazo. Se actualizará la base de datos para el 1 de abril.
  2. Segundo plazo: entre el 1 de abril y el 30 de junio, actualizado a partir del 1 de julio.
  3. Tercer plazo: entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, actualizado a partir del 1 de octubre.
  4. Cuarto plazo: entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. Para este caso, la actualización de la cotización como autónomo se hará efectiva para tu cuota a partir del 1 de enero.

¿Cómo elegir la base de cotización para hacer el cambio?

modificar base cotización autónomo

Al momento de solicitar, elegir y modificar la base de cotización como autónomo adecuada a ti, deberás tener presente ciertas condiciones, tales como:

  • Al realizar el siguiente trámite para la solicitud de cambio, deberás establecer las indicaciones pertinentes a la Seguridad Social, que sirvan para aplicar a una revalorización sistemática anual (a ser establecida para el 1 de enero del año siguiente), o tu nueva base indicando tú mismo el monto adecuado.
  • De forma individual e independiente de la opción que optes a elegir, marca en el almanaque la fecha en la cual entrará en vigor el monto de la nueva base, para tener acceso a un monto de dinero suficiente en tu cuenta de banco, de forma que se pueda establecer efectivo el pago. Para así eludir recargas.
  • Para realizar el cambio de la base, el momento adecuado es al concluir el cierre del ejercicio fiscal, debido a que se realizará el balance de los ingresos netos y de los gastos, pudiendo optar por realizar el estudio del pago a establecer de manera mensual.

Ponemos ver algunas  de las bases de cotización y la cuota que habría que pagar al mes

  • Mínima: 944,40€  tiene una cuota de 283,32€ al mes
  • Máxima: 4.070,10€  tiene un cuota de 1.221,03€ al mes
  • Base de 1.214,10€ con una cuota de 364,22€ al mes

En base a esto,tu cuota de autónomos se calcula aplicando el 30% de los tipos a la base de cotización que elijas”.

 

¿Como se hace al cambio de la base de cotización del autónomo?

Si no se posee ordenador se puede optar por acceder a las oficinas de la TGSS, para realizar los trámites correspondientes. Dicho trámite es de fácil acceso, aquí el paso a paso:

  1. Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  2. Es requisito indispensable acceder con la identificación de la misma.
  3. Al ingresar, se desplegarán los datos actuales de la base de datos.
  4. Se debe elegir el tipo de cambio de base, de acuerdo a las opciones que te hemos presentado con anterioridad. En la ventana de acceso se observará una caja para anexar la base de forma manual, en caso de que no hayas optado por la revalorización automática.
  5. Luego de anexar todos los datos solicitados por la plataforma, se hace click en continuar y se abrirá la pantalla con un pdf para poder realizar la operación de imprimir o guardar, de ser requerido.

 

¿Merece la pena aumentar la cotización de los autónomos?

Si mantenemos la teoría de que la cotización por ingresos reales, está basada en el actualizado sistema para argumentar la base de cotizaciones, se puede establecer directamente el incremento sobre la base de cotización.

Sin embargo, cabe destacar que el modo básico se ha mantenido estable y continúa en vigencia, para mantener las opciones de cotización al día y saber si es necesario cotizar o no.

modificar base cotización autónomo

Normalmente se establece que las pensiones por jubilación de los autónomos se deben calcular en base a los últimos 17 años cotizados, en pro de la actividad laboral.

Para el 2020, se mantuvo el objetivo que establecía en base al cálculo de las cotizaciones, como base a los últimos 25 años de actividad laboral, sumando notoriamente toda la actividad laboral completa del individuo.

 

Cual es la cotización media de los autónomo

Los autónomos han estado cotizando en base a los datos mínimos establecidos por la Seguridad Social en cuanto a lo que dictamina la ley. Llevando a las pensiones de jubilación un poco por debajo de lo que los trabajadores por cuenta ajena remuneran.

Por este motivo, gran cantidad de autónomos o trabajadores por cuenta propia, han establecido aprovechar la jubilación parcial, optando por una jubilación de pensión demasiado baja, la cual dependerá de la edad, para realizar dichos cálculos de jubilación en cuanto a la cotización mínima.

En base a esto se deben tomar medidas para que los resultados de la jubilación sean favorables, tales como:

  • Se deberá tomar en cuenta que las bases se establecerán acorde a las prestaciones según las bajas obtenidas. Tanto por enfermedad, maternidad, paternidad, etc.
  • Si las cotizaciones son obligatorias, bajo cualquier cobertura, la base de cotización establecida se deberá realizar también al solicitar el paro, aunque seas autónomo, como trabajador por cuenta propia. En base a la tabla de datos sostenible de la Seguridad Social, que se incrementa según lo establecido por la ley actual.

 


Jubilación anticipada autónomo

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías

soy Sergio Sánchez

Asesor laboral