Una de las cosas que pocas personas conocen sobre la jubilación anticipada es lo referente a la pensión máxima establecida para las jubilaciones en el año en curso. Por ello en este artículo te traemos toda esta información, además podrás conocer cuáles son los requisitos que se exigen para ser beneficiario de una de estas pensiones anticipadas.
Pensión máxima de jubilación anticipada para el 2021
Si quieres conocer cuál es la pensión máxima por Jubilación anticipada de autónomos o asalariados, debes saber que para el año 2021, la pensión máxima de jubilación que ha implementado la ley se encuentra situada en los 2.707,49 euros mensuales, la cual, al multiplicarse por las 14 pagas que se realizan durante todo el año, nos daría un total de 37.904,86 euros anuales.
De esta forma, en caso de que la base reguladora que te corresponde, al hacerse el cálculo de la jubilación, diera una cifra mayor a la anterior mencionada, solamente podrás realizar el cobro del máximo que es 2.707,49 euros. Es decir, aunque te corresponda por base reguladora cobrar 3.000 euros, solamente podrás cobrar el máximo.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que, cuando recibes tu pensión mensual, deberás realizar el pago del IRPF. Esto quiere decir que, ya que la pensión máxima del 2021 se encuentra fijada en 2.707,49 euros al mes, esta se le deberá restar un aproximado del 24% que equivale al pago del IRPF.
Esto nos indica que, al final, lo que verás en tu cuenta y podrás cobrar es un aproximado de 2.057 euros al mes.
Ahora bien, a excepción de algunos colectivos, los cuales, por ciertas condiciones de su empleo o por haber tenido que acreditar ciertas situaciones de incapacidad, pueden realizar una jubilación anticipada sin necesidad de que tengan como consecuencia una penalización en la cuantía de su pensión debido a la implementación de coeficientes de reducción.
La gravedad de estos coeficientes van a depender del tipo de jubilación anticipada que como empleado estés requiriendo, en este caso, la jubilación anticipada que se realiza por voluntad propia conlleva una penalización mayor a la que se realiza de manera involuntaria. Además de ello, también tiene mucho que ver con la cantidad de cotizaciones que tienes al momento en que te jubilas.
El hecho de que se apliquen estos coeficientes reductores se debe a que se realice una especie de compensación, debido a que estas personas que se jubilan de manera anticipada, terminan cobrando pensiones por más años, a diferencia de los que se jubilan reglamentalmente a sus 67 años. Es por esta razón que, la cuantía mensual se reduce para poder hacer una equivalencia con el monto global que recibe cada jubilado.
En caso de querer conocer cuál es la pensión mínima de jubilación anticipada, esta dependerá de los motivos por los cuales te hayas jubilado de forma anticipada y también de la edad en la que realices la solicitud.
Jubilación anticipada por cese involuntario
Los requisitos para poder considerarse en esta modalidad de jubilación anticipada forzosa, es poseer un cese involuntario y que este se deba a una reestructuración empresarial, además de ello, deberás haber acreditado al menos 33 años de cotizaciones y haberte inscrito como un demandante de empleo 6 meses antes de que tu jubilación fuera reconocida.
Otra de las características que permite esta modalidad es que, solamente deberás anticiparte por 4 años a tu jubilación real, es decir, que sabiendo que la jubilación es a la edad de 67 años, entonces, tu jubilación anticipada, para que sea tomada en cuenta en esta modalidad, no deberá hacerse antes de los 63 años.
En estos casos, los coeficientes reductores aplicados serán los siguientes:
- 1,875% por trimestre cuando hayas acreditado cotizaciones inferiores a 38 años y 6 meses.
- 1,750% 100 por trimestre si has acreditado cotizaciones por un período equivalente o superior a los 38 años y 6 meses, pero inferior a los 41 años y 6 meses.
- 1,625% por trimestre cuando acreditas cotizaciones por más de 41 años y 6 meses pero que estas no superen los 44 años y 6 meses.
- 1,500% por trimestre cuando se ha acreditado por más de 44 años y 6 meses.
La jubilación anticipada por cese voluntario
Para este caso, será necesario que te encuentres en alta en la Seguridad Social, además, deberás haber acreditado por al menos 35 años tus cotizaciones correspondientes y que el importe que hayas realizado no sea inferior a la base mínima de la pensión por jubilación que por ley te corresponde al ser un trabajador que ha cumplido con su edad ordinaria.
En este caso, solo podrás anticiparte a la edad mínima legal por dos años. Los coeficientes reductores que se aplican son:
- 2% cada trimestre cuando has acreditado por un tiempo no mayor a los 38 años y 6 meses.
- 1,875% por trimestre en los casos en donde acredites más de 38 años y 6 meses pero menos de 41 años y 6 meses.
- 1,750% por cada trimestre cuando has cotizado por más de 41 años y 6 meses pero menos de 44 años y 6 meses.
- 1,625% cada trimestre si acreditaste una cotización igual o superior a los 44 años y 6 meses.
Gestores expertos en jubilación anticipada
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