Una de las interrogantes más comunes en la actualidad que tienen los trabajadores autónomos cercanos a la jubilación es sobre si aquellos que son autónomos societarios tienen derecho a cobrar una pensión activa al 100%, pues debemos recordar que, hace algún tiempo, los autónomos no se beneficiaban de la jubilación, sin embargo, esto ha cambiado.

¿Este cambio también se aplicará para los autónomos societarios? Vamos a conocer más sobre ello y descubrir que ocurre con estos trabajadores.

¿Qué es un autónomo societario?

Cuando hablamos de los autónomos societarios, estamos refiriéndonos a aquellos que trabajan por cuenta propia al uso. Este tipo de trabajadores se encuentran bajo algunas restricciones e incluso, algunos matices, entre los cuales podemos encontrar lo que se refiere a las bonificaciones que se han ido aplicando desde hace algunos años o la misma jubilación como tal.

La definición que la Seguridad Social le da a los autónomos societarios es que no son personas físicas (los trabajadores autónomos convencionales, sí son reconocidos como personas físicas) sino más bien, personas jurídicas (que pertenecen a la sociedad o administración de la que forman parte).

El hecho de que sean considerados de esta forma, hace que tengan un tratamiento diferente al de los demás trabajadores que se encuentran dados de alta en el RETA, por ello, sus condiciones como jubilados también podrían ser un poco diferentes.

Una vez que creas tu propia sociedad, tienes la oportunidad de darte de alta bajo condición de autónomo societario, sin embargo, debes tener en cuenta que además de ello, también existen diferentes posibilidades para ti. Otro de los beneficios es que podrás optar por una jubilación de autónomos y seguir trabajando a la vez, sin ningún problema.

Cuando llegues a este momento de tu vida, deberás tomar en cuenta todas las opciones que tienes para elegir la que más te convenga. Algo que podríamos recomendarte si no estás seguro de lo que debes elegir y qué es lo que más te va a favorecer, es que consultes con algún profesional, este podrá asesorarte y darte recomendaciones para que elijas lo que es mejor para ti.

Jubilación activa para autónomos societarios

La jubilación activa de autónomos, se encuentra figurada dentro del artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), y la cual le da una excepción a la normativa general que se encuentra en el artículo 213, dónde dice que las pensiones por jubilación no son compatibles con este trabajo, así sea por cuenta ajena o por cuenta propia.

Es decir que, esta figura permitirá que una vez llegues a la edad mínima de jubilación y además tengas derecho de obtener el 100% de tu base reguladora, debido a que haz cotizado durante el tiempo suficiente, podrás comenzar a obtener el 50% de la pensión por jubilación de autónomos y además seguir trabajando normalmente, ya sea que decidas hacerlo por medio tiempo o tiempo completo.

Adicionalmente, en caso de que realices la actividad por cuenta propia y tengas contratada a una persona por cuenta ajena, la cuantía de la pensión que recibas podrá llegar al 100% (esto se encuentra estipulado en el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 214 LGSS).

Para el caso de las personas autónomas societarias, la Seguridad Social ha creado una nueva especificación en donde se dice que estos trabajadores quedan fuera de la jubilación activa que cuenta con el 100% de la cuantía de su pensión. Pues esta entidad, se niega a aceptar que el requisito de contratar, por lo menos, a un trabajador que ejerza la misma actividad sea suficiente para poder acceder al beneficio completo.

La Tesorería de la Seguridad Social puede aceptar que el autónomo societario es una persona considerada como jurídica, la cual ejerce como un empresario dentro de las actividades mercantiles, por este motivo, los trabajadores que sean contratados por este, no están en condición de ejercer esta misma misión en la empresa perteneciente al societario.

Jubilación activa autónomos societarios

En fin, con todo esto podemos afirmar que, la jubilación activa, si es una opción para los autónomos societarios, no obstante, ya sea que contraten o no a otro trabajador, estos no serán admitidos para cobrar el 100% de la misma ya que no estarían cumpliendo con los requisitos exigidos para beneficiarse de ello.

Sin embargo, si podrá adquirir el 50% de la pensión, además de ello, si lo tiene, también podrá disfrutar de lo aportado por el plan de pensiones al cual se haya suscrito durante su profesión laboral.

¿Existe una sentencia favorecedora para el autónomo societario?

Sí, ciertamente existe una sentencia que favorece a los autónomos societarios, sin embargo, solo lo hace para unos cuantos, pues nos existe una jubilación flexible para autónomos societarios.

Debido a que la Seguridad Social se ha mantenido firme ante la negativa de dar el beneficio de obtención del 100% de la pensión a aquellos jubilados bajo la categoría de autónomos societarios, se realizaron reclamaciones en los tribunales de España provenientes de algunos trabajadores afectados.

Por este motivo, el Juzgado de lo Social número 3 de Oviedo, le reconoció a uno de los autónomos societarios el derecho de poder cobrar el 100% de su pensión por jubilación activa, esto debido a que se entendió que, la interpretación realizada por el organismo público y por la cual se les niega a estas personas el beneficio, es en exceso restrictiva y además de ello, la misma no se encuentra expresamente excluida por la Ley.

Sin embargo, y acá lo importante, esta sentencia solo beneficia a aquellas personas que han realizado la demanda ante los tribunales españoles. Hasta el momento, la Seguridad Social sigue manteniéndose firme ante su negativa y no han dado ningún otro aporte en donde se pueda beneficiar a los autónomos societarios para recibir el 100% de su pensión.

Planes de pensiones para autónomos societarios

Como ya lo hemos mencionado antes, el plan de pensiones es una de las opciones ideales para los autónomos societarios y más teniendo en cuenta que solamente podrán cobrar el 50% de su pensión legal. Por lo que, este plan te podrá ayudar a tener un ingreso mayor a la hora de tu jubilación.

Los planes de pensiones para los autónomos son un gran beneficio debido a que además de desgravar, también pueden ayudarte a que puedas manejar y superar las dificultades al momento de jubilarte y tener que sobrevivir con lo que cobres de tu pensión, debido a los inconvenientes de la jubilación parcial.

Jubilación activa autónomos societarios

Muchos autónomos convencionales, así como también autónomos societarios, tienen una lista de gastos bastante elevada y la cual no puede ser cubierta por las pensiones de Jubilación de autónomos, inclusive, para los convencionales que tienen la posibilidad de cobrar el 100% de la pensión máxima.

Es por ello que, el plan de pensiones resulta ideal para estos casos, ya que te permitirá tener un ingreso extra para tener un buen nivel de vida al momento de la jubilación y así, podrás cubrir todos tus gastos sin necesidad de tener preocupaciones por la falta de dinero mensual.

Todos sabemos que no es sencillo ahorrar para el futuro, y menos cuando tenemos tantos gastos diarios y necesidades que nos pueden surgir de improvisto, sin embargo, hacer el esfuerzo para tener un ahorro constante en estos Planes de pensiones, será un gran beneficio a futuro.

Esto se debe a que, al momento de la jubilación, podrás contar con ese dinero para tener una vida más cómoda o mantener el nivel de vida que tenías cuando eras un trabajador activo. Pues debemos siempre tener presente que, no podemos contar con que la cuantía de las pensiones, sean mínimas o máximas, nos pueda permitir cubrir todas nuestras necesidades sin tener que hacer sacrificios.


Jubilación anticipada autónomo


 

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soy Sergio Sánchez

Asesor laboral