Luego de haber cumplido con una vida laboral considerable es vital asegurar nuestros últimos años de vida, sobre todo si por algún motivo no contamos con una pensión por jubilación que sea suficiente para nuestra manutención y demás gastos. Y una de nuestras opciones es la renta vitalicia cuándo somos mayores de 65 años.

Las rentas vitalicias son una excelente manera de asegurarnos de tener ingresos cuando ya no podamos trabajar por nuestra propia cuenta o sencillamente queramos darnos de alta y vivir de nuestros ahorros.

Existen muchas formas de invertir en rentas vitalicias, y también muchas modalidades que te permiten reclamarlas en el momento que la necesites o inmediatamente después de realizar tu inversión.

Si eres mayor de 65 años, esta opción es bastante factible, ya que en esta edad existen muchas ventajas tanto económicas como fiscales para ahorrar durante tus años posteriores a la jubilación y sobretodo en esta etapa, donde aumentan las demandas de salud y otros gastos.

Rentas vitalicias después de los 65 años

Las renta vitalicias son una opción muy segura para aquellas personas mayores de 65 años que deseen recibir un ingreso extra, en caso de que ya les haya llegado el tiempo de jubilación y consideren que la renta de las prestaciones no es suficiente para cubrir todas sus necesidades.

Existen muchas empresas aseguradoras que brindan planes prácticos para los Jubilados en España y flexibles a las necesidades de cada caso y sobre todo a las consideraciones relacionadas con el estilo de vida, condición familiar y financiera.

La mayoría de las aseguradas ofrecen la posibilidad de realizar una inversión inicial o prima inicial mínima, adaptándose a las situaciones antes mencionadas. En estos casos puedes elegir entre comenzar a cobrar una vez realizada la inversión (renta vitalicia inmediata) o en una fecha específica acordada en el contrato con la aseguradora (renta vitalicia diferida).

Dentro de las formas de invertir en una renta vitalicia asegurada para mayores de 65 años, dado a las altas cifras que se deben aportar para poder tener rentas de por vida considerables, están las reinversiones de los bienes a tu nombre. A continuación te hablaremos mejor sobre esta opción.

Reinversión

Luego de la jubilación, muchos pensionados optan por realizar inversiones grandes en seguros de vida o rentas vitalicias que les garanticen una buena calidad de vida en los próximos años. Para poder costear estas inversiones, está permitido realizar reinversiones por el valor de bienes a nombre del individuo.

En estos casos, puedes vender inmuebles, a partir de la segunda vivienda, sin que esto genere una obligación a nivel tributario (plusvalía) hasta un cierto punto, pues después de un tiempo, si no se reinvierte este dinero, se deberá declarar el ISRPF sobre dicha cantidad.

Esta omisión de la plusvalía se aplica solo en los casos de las personas mayores de 65 años que estén a punto de jubilarse o ya lo hayan hecho.

¿En qué momento puedo invertir en una renta vitalicia?

Después de haber vendido un inmueble se puede realizar la reinversión del capital obtenido por la venta, con un plazo mínimo de seis meses, sin obligación de contribuir con los impuestos a Hacienda.

Por lo tanto, si deseas vender tu inmueble para usar el importe en ahorros que aseguren tu vida en los próximos años, debes saber que al hacerlo, ese importe debe ser dirigido a la obtención de una Renta vitalicia equivalente a este capital.

De esta forma quedarás exento de las obligaciones tributarias con las que se debe cumplir por cada ingreso financiero.

Ventajas de las rentas vitalicias después de los 65 años

Aunque las rentas vitalicias puedes adquirirlas en cualquier momento, incluso antes de la jubilación, en caso de que cuentes con el capital suficiente para invertir en la prima única, adquirir una renta vitalicia a los 65 años es más conveniente, ya que a esta edad puedes tener grandes ventajas.

La mayoría de ellas están relacionadas con la reducción de obligaciones a nivel tributario, las cuales a partir de los 65 años son mucho más favorables, ya se disminuyen a un 24% a los contribuyentes de estas edades.

A continuación una lista de las ventajas que existen al adquirir una renta vitalicia a los 65 años.

Ventajas fiscales

Mientras más avanzada sea tu edad, hay una mayor consideración para el aporte por las rentas anuales de los seguros de rentas vitalicias. Como mencionamos anteriormente, a partir de los 65 años deberás declarar el 24% de los ingresos como IRPF.Renta vitalicia mayores de 65 años

Al pasar de los años este impuesto se va reduciendo: al 20% de los 66 a los 69 años y al 8% a partir de los 70 años en adelante. En caso de que vendas tu casa, con el propósito de adquirir una renta vitalicia, la ganancia patrimonial de mayores de 65 años renta vitalicia no está sujeta al impuesto por la ganancia de esta venta.

Seguridad

Adquirir una renta vitalicia a los 65 años te brinda protección y seguridad para los años que vienen luego de tu jubilación. Las empresas aseguradoras te garantizan el resguardo de tu capital durante el tiempo que desees retenerlo y tenerlo a tu disposición para cuando tu determines.

Esto te asegura la estabilidad financiera y el respaldo económico que necesitas para tu estabilidad durante los años siguientes a tu jubilación.

Buena administración del dinero

Al entregar el capital a la empresa aseguradora donde adquirirás tu renta vitalicia, esta te garantizará una buena administración de tu dinero, ya que se encargará de ir entregando poco a poco lo que invertiste en un principio.

Esta cantidad se determina en el contrato inicial, donde tú quedas comprometido a no solicitar más de lo que corresponde por renta.Renta vitalicia mayores de 65 años

Herencia

Si te preguntas si estas rentas se pueden heredar, la respuesta es sí. Estos seguros se pueden heredar a tus hijos o cónyuges y es una buena manera de asegurarles su futuro, para lo cual, los beneficiarios deberán pagar el impuesto de sucesiones correspondiente.

Este último será el único tributo que deberán pagar y podrán continuar percibiendo las rentas anuales acordadas en el contrato de tu renta vitalicia, sin que estos estén sujetos a la declaración de IRPF.


Asesores Seguridad Social


 

2 Comentarios

  1. JESUS CORBALAN

    en Febrero del 2021, después de vender una vivienda, deposité 200.000.-e en una RENTA VITALICIA que me ofrecieron en CAIXABANK, pues bien al finales de eso mismo año, por las Navidades, tenía 204.000.-€ ,pues había subido un poco ese año, pero a partir de entonce está cayendo en picado a pesar que está invertido en renta fija un 60% y el 40 en renta variable, al día de hoy a mediados de Junio, en solo 6 meses ha bajado a 156.000.-e casi el 25% de mi capital, eso que en el contrato pone que es un producto de MUY BAJO RIESGO. Ahora necesito ese dinero y no puedo recuperarlo con esas perdidas, de dificil justificacion. Estoy pensando de ir al Juzagado y ponerles un demanda por estafa. ¿ que me recomendais.? pues CAIXABANK no me da una esplicacion verosimil por ninguna parte . Gracias.

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    • Sergio Sánchez

      Buenos días Jesus, siento que no te podemos ayudar, nosotros controlamos normativa de la Seguridad Social (en concreto jubilaciones), pero no somos expertos en temas bancarios, tendrás que ponerte en manos de un abogado especializado. Un saludo.

      Responder

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