Te explicamos la tributación de los planes de pensiones

Tributación planes pensiones: Si vas a rescatar tu plan de pensiones, debes saber cúal es la tributación a la que se va a exponer, ya que dependiendo de la cuantía de la que disponga tu plan, pagarás más o menos en concepto de IRPF. Por ello, en este artículo vamos a informarte sobre cómo va a tributar tu plan de pensiones.

!Vamos a verlo!

¿Cuando y como se pueden retirar los planes de pensiones?

Los planes de pensiones son un sistema de inversión (variable o fija) y de ahorro a través de rentas y capital con vistas a ofrecer una determinada cuantía económica en casos de jubilación, paro de larga duración, enfermedad o fallecimiento. Estos planes de pensiones están fundamentados en las aportaciones que realizan aquellos clientes que contratan tal servicio. Tales aportaciones pueden ser periódicas o realizarlas de forma puntual sin obligación de plazos concretos y se mantendrán hasta su retirada que se producirá en caso de:

  • Jubilación.
  • Declaración de incapacidad total, absoluta y gran invalidez.
  • Enfermedad grave acreditada por la Seguridad Social que incapacite para trabajar durante un periodo no menor a tres meses.
  • Fallecimiento de la persona titular del plan de pensiones.
  • Parado de larga duración durante un periodo superior a 12 meses de forma continuada y no sea perceptor de cualquier prestación de carácter contributivo.

Además, los planes de pensiones se pueden rescatar de cuatro diferentes formas:

  • En forma de capital, donde se recupera todo el importe en un solo pago en la fecha que la persona beneficiaria lo determine.
  • En forma de renta periódica, ya sea temporal o con carácter vitalicio e incluso de formas no garantizadas, es decir, la recuperación depende de la evolución y rentabilidad del plan de pensiones.
  • De forma mixta, siendo una parte de la recuperación en forma de capital y la otra en forma de renta.
  • De forma flexible, donde la persona beneficiaria elige con total libertad las fechas indicadas para la recuperación de la cuantía del plan de pensiones.

 


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Tributación del rescate de un plan de pensiones

Para el recate de un plan de pensiones, las rentas generadas se establecen como rendimientos del trabajo y producen un aumento de la base imponible del IRPF y con ello produciendo un aumento de impuestos. Las tributaciones del IRPF actualmente se establecen en:

Desde 0 € a 12.450 € la tributación es del 19%.

De 12.451 € a 20.200 € la tributación es del 24 %.

De 20.201 € a 60.000 € la tributación es del 37 %.

A partir de 60.001 € la tributación es del 45 %.

Debido a las diferentes formas de rescatar un plan de pensiones, la tributación de este rescate variará.

Si el rescate es en forma de capital, se debe sumar a los rendimientos  generados en ese ejercicio la totalidad del capital rescatado, lo cual disparará el IRPF. Por ello, es más recomendable realizar un rescate en forma de renta, ya que el IRPF supondrá un gasto anual menor.

Pongamos un ejemplo. Si tienes en un plan de pensiones una determinada cantidad de dinero (50.000 €) y decides que la mejor forma de rescatarlo es mediante renta, podrías decidir retirar 500 € mensuales, lo que supondría que anualmente la base imponible de IRPF fuese de 6.000 €.

En cambio, si se realizase un rescate en forma de capital, la tributación al IRPF sería del 37 % por los 50.000 € rescatados, que se verían fiscalizados en el mismo ejercicio.

¿Qué es la reducción del 40 % en el rescate de un plan de pensiones?

Se establece una reducción del 40 % de aquellos fondos que sean rescatados en forma de capital, que, aunque en fase de extinción, se permitió un periodo transitorio de esta medida que funciona de la siguiente manera.

Para aquellos planes de pensiones cuyas aportaciones hubiesen realizado antes del 1 de enero de 2007:

  • Si se establece la posibilidad de rescatar el plan después del 1 de enero de 2015, se podrá aplicar la reducción dentro del mismo ejercicio o en los dos siguientes.
  • Para aquellas que ocurriesen entre 2011 y 2014, se podrá realizar la reducción antes de que acabe el octavo año desde que ocurrió la contingencia.
  • En aquellos anteriores al año 2010, la reducción se podrá aplicar hasta que finalizase el año 2018.

 

Conclusión tributación planes pensiones

Siempre dependiendo de la necesidad económica de cada persona, la opción más rentable es rescatar el plan de pensiones en forma de renta, ya que la tributación será inferior y además te permitirá administrar de forma más ordenada tu renta creada según tus necesidades y evitando que puedan aparecer gastos innecesarios.

 

Si tienes alguna duda no lo pienses más y contacta con nuestro equipo de asesores, gestionaremos tu caso de forma personal y profesional, ateniéndonos a las características específicas de este y en la mayor brevedad posible.

 

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soy Sergio Sánchez

Asesor laboral